La Justicia ordenó incluir la opción «femineidad travesti» a los formularios para trámites
La jueza en lo civil Myriam Cataldi falló a favor de Lara Maria Bertolini para que el Registro Civil le reconozca su identidad de género como femeneidad travesti y extendió ese término a todos los formularios que el público debe completar para hacer trámites.
A partir del fallo de Cataldi las opciones del Registro Civil para marcar en la cateogía «género» se despegarían del concepto binario de femenino y masculino para incluir femeneidad travesti y «una multiplicidad de marcadores» todavía no determinada.
«Sucede que este binario según el cual en el DNI y demás documentación de una persona solo puede consignarse el ‘femenino’ o el ‘masculino’ ya no existe, no sólo en materia de sexo y género sino también de relaciones», explicó la jueza Cataldi en su fallo.
La jueza admitió que «hoy caduca esa clasificación, en tanto se han derrumbado las categorías que permitían ubicarlos en uno u otro» porque «no hay dos géneros que se corresponden con dos sexos».
Bertolini inició acciones legales tras recibir su nuevo DNI en el que constaba su género como femenino cuando debía figurar femeneidad travesti.
«La identidad de género de una persona es la que ella misma autopercibe y por ende hace a su esfera más íntima», adujo Bertolini en el escrito que presentó su caso apoyada en el primer artículo de la Ley de Identidad de Género (N° 26.743) en el que se establece que el Estado otorga «a toda persona el derecho al reconocimiento de su identidad de género».
El texto de la ley precisa que una persona tiene derecho «a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada», lo que en el caso de Bertolini desborda las opciones binarias.
Por eso Cataldi ordenó que el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) emita un documento nuevo para Bertolini pero además pidió al Registro Civil que ponga «a disposición una multiplicidad de marcadores como opciones de género» a fin de «garantizar y reconocer legalmente la identidad de género autodefinida de cada persona».