Escuelas Privadas no podrán retener boletines de alumnos que adeuden cuotas

 

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires promulgó en las últimas horas la Ley 15.061 que prohíbe a los establecimientos educativos públicos de gestión privada retener o no entregar boletines de aquellos alumnos que registren morosidad en el pago aranceles o cuotas.

También los establecimientos quedan inhabilitados para retener certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda documentación oficial

Al mismo tiempo la Ley indica que “ningún alumno por falta de pago de aranceles o cuotas o mora en el pago de los mismos, será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general.”

Un aspecto interesante de la norma recientemente publicada da cuenta que los establecimientos educativos “deben abstenerse de hacer pública la deuda en concepto de aranceles y/o cuotas de su alumnado, como así también deben adoptar mecanismos que eviten que tanto docentes como alumnos sean involucrados en el cobro de los aranceles o cuotas.”